Rentas vitalicias: TC acoge requerimientos de Bice y Penta
Sin embargo, se rechazaron las acciones presentadas por las aseguradoras Renta Nacional y 4 Life.
- T+
- T-
Ayer se escribió otro capítulo en la disputa que tienen las compañías de seguros de vida en contra del Estado chileno por el polémico anticipo de rentas vitalicias aprobado por el Congreso, que vino aparejado con el tercer retiro de los fondos de pensiones.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) acogió el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que presentó la aseguradora Bice Vida, respecto de los incisos 12, 13 y 14 del Artículo único de la Ley N° 21.330 que permitió los adelantos del producto previsional, mientras que también falló a favor de los dos requerimientos ingresados en el caso de Penta Vida, por el mismo motivo.
Los ministros del TC que estuvieron a favor de acoger los requerimientos fueron Iván Aróstica, María Luisa Brahm, Cristián Letelier, Nelson Pozo, José Ignacio Vásquez y Miguel Ángel Fernández. Por su parte, el presidente del organismo judicial, Juan José Romero, dio su voto en contra, al igual que sus colegas Gonzalo García, María Pía Silva y Rodrigo Pica.
Del mismo modo, y en una situación que ha sorprendido a algunos abogados constitucionalistas, el TC rechazó las dos acciones judiciales ingresadas por la compañía de seguros Renta Nacional y el único requerimiento que presentó la firma 4 Life, que también solicitaron la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los incisos antes mencionados de la Ley N° 21.330.
En este caso, el ministro que dio su voto en contra de los requerimientos de ambas aseguradoras fue Nelson Pozo.
Eso sí, todavía se desconoce el texto de la sentencia por parte del TC, documento que contiene los argumentos de los ministros para justificar sus respectivas votaciones, aunque se dará a conocer en los próximos días.
El impacto
Según expertos del tema, el impacto más importante del fallo a favor será que, ante un nuevo proyecto de ley que involucre un anticipo de rentas vitalicias, no se debería repetir la misma fórmula que se usó para el primer anticipo, ya que debería ser considerado inconstitucional por el TC.
Del mismo modo, aseguran que no están en juego el pago de los actuales adelantos.